Quiero hacer una obra de reforma. ¿Tengo que pedir licencia?
En muchos casos, justo después de comprar una casa de segunda mano o una vivienda o un apartamento pensamos en hacer alguna obra de reforma, para adecuarla a nuestras necesidades o gustos. Además de contratar a un constructor que nos haga la obra, ¿qué más actores intervienen en el proceso? ¿He de pedir licencia? ¿Cuánto me puede costar el “papeleo”?
Lo que mucha gente no sabe es que siempre hay que pedir licencia para cualquier tipo de obra, sea de reforma, cambio de instalaciones, pintura, cambio de carpintería, o cualquier otro cambio en la estética o arquitectónico de la casa.
¿Todas las licencias son iguales?
Para contestar a esta pregunta es esencial distinguir si es obra mayor u obra menor, pues dependiendo de que sea de un tipo u otro el camino es diferente.
Según sentencias del Tribunal Supremo, en el caso de obras de reforma, la diferencia entre obra mayor y obra menor es que se considera obra mayor cuando afecta a la estructura y (o) a las fachadas, incluyendo la cubierta como una fachada. El resto de las obras se puede considerar obra menor.
A pesar de esta definición tan clara, hay que tener en cuenta que cada ayuntamiento tiene su criterio para definir qué tipo de obra es mayor o menor, y atendiendo a esa clasificación el camino es diferente. Por lo que se aconseja antes de proceder a realizar cualquier obra ir a informarse al ayuntamiento donde está la construcción que se pretende hacer la obra.
¿Qué necesidades requiere una obra mayor?
En el caso de obra mayor, se necesitará proyecto y dirección de arquitecto y aparejador, además del pago de la licencia y tasas municipales.
En los dos casos: honorarios de los técnicos y licencia municipal van en función del coste de la obra, y este, a su vez, va en función de los metros cuadrados que afecte a la obra de reforma.
En algunos casos el constructor se encarga de estos trámites ante el ayuntamiento, y si es necesario contrata a su cargo los técnicos. Es muy importante que antes de empezar la obra, el constructor, si se ha encargado de tramitar la licencia, nos dé una copia de la misma, por dos razones, la primera para justificar ante la propiedad que hay licencia, y segundo, porque si viene un inspector municipal, pedirá la copia de la licencia que debe estar en la obra.
¿Qué necesidades requiere una obra menor?
En el caso de obra menor, en principio, no se necesita intervención de técnico y la tramitación de la licencia es más sencilla y rápida. De nuevo decir que cada ayuntamiento tiene su propio sistema de tarifación y tramitación. Hay ayuntamiento que solo con el pago de la licencia, por el método de autoliquidación, se considera otorgada la licencia, es decir está concedida automáticamente.
Que quiere decir “autoliquidación”, pues que el propietario que desea hacer la obra de reforma, rellena el formulario, que previamente ha recogido del ayuntamiento, y en función de los metros cuadrados y la obra que pretende, le sale una cantidad a ingresar en concepto de licencia. Que ha de hacer efectiva a través de una sucursal bancaria.
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